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viernes, 22 noviembre
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La alcaldesa anuncia en un bando el castigo de actos irresponsables como el botellón del sábado

Se sancionará con multas de 100 a 600 euros cuando se consuma bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana, tal como lo permite la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo

“A los vecinos y vecinas de Tomelloso, pongo en su conocimiento:

Que apelando al sentido cívico de la gran mayoría de la población, que viene actuando de manera individual y colectiva de manera responsable y como estimulo para el conjunto de la ciudadanía, lo siguiente:

Que se han producido recientemente una serie de comportamientos incívicos de un colectivo de jóvenes que podrían podrían poner en riesgo las medidas requeridas por la situación de alerta sanitaria nacional, al concentrarse un elevado número de personas en el entorno del Recinto Ferial, realizando consumo de bebidas alcohólicas.

A tal fin se recuerda la grave situación que está atravesando el municipio y el conjunto de la Nación y que con el esfuerzo de todos se está conteniendo la expansión del virus SARS-CoV-2, esfuerzos que serían infructuosos con comportamientos como los descritos.

Por todo ello, ésta Alcaldía impulsará los correspondientes expedientes sancionadores, bien directamente o a través del resto de las autoridades competentes, para castigar tales comportamientos relacionados con actividades no expresamente permitidas en las disposiciones normativas relativas al estado de alarma.

A éstos efectos se recuerda que el Real Decreto Ley 463/2020, de 14 de marzo y las disposiciones que lo complementan y desarrollan, han venido limitando la libertad de circulación de la ciudadanía y de permanencia en espacios públicos, a supuestos concretos y a horarios y aforos determinados, supuestos que se han flexibilizado en la fase 2 de la desescalada; ampliando dicha libertad de circulación, pero en ningún caso permitiendo la permanencia en espacios públicos consumiendo bebidas alcohólicas, teniendo en cuenta además que la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana tipifica y sanciona con multas de 100 a 600 euros, en su art 37.17: El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.

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Lo que hago público para general conocimiento”.

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