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jueves, 21 noviembre
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Sanidad establece medidas nivel 2 en San Clemente para evitar la propagación del virus

Se han registrado 37 casos de COVID-19 en las dos últimas semanas epidemiológicas

La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Cuenca, ha decretado medidas especiales nivel 2 en el municipio de San Clemente ante el aumento del número de casos COVID-19 registrados en las dos últimas semanas epidemiológicas.

Durante la semana número 41 (del 5 al 11 de octubre de 2020), en el municipio de San Clemente se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de un total de 9 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 128,8 casos/100.000 habitantes.

Durante la semana epidemiológica número 42 (del 12 al 18 de octubre de 2020), se han declarado un total de 28 casos COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 400,7 casos/1 00.000 habitantes.

En conjunto, entre las semanas epidemiológicas 41 y 42 se han declarado en San Clemente un total de 37 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 529,5 casos/100.000 habitantes.

MEDIDAS DEL NIVEL 2

Las medidas de nivel 2 suponen el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los mismos se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

También comprende la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.

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Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo. En el interior de establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 50% del establecido.

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración, como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

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Se producirá la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores. Así como la suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios.

No se permitirán salidas, salvo razones de fuerza mayor, en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento.

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En otros centros residenciales sociosanitarios estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento.

Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal, la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

Se establece la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas.

También la suspensión de la actividad de las escuelas deportivas y de competiciones deportivas no federadas. Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso.

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Cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos limitarán su aforo máximo al 30%. Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas.

Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50% y se cierran las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.

En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 % en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores y se establece el cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22.00 y las 08.00 horas.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento.

Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%.

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