El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una Orden de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas por la cual se establecen medidas excepcionales, de aplicación temporal, dirigidas a flexibilizar las condiciones en el aplazamiento y fraccionamiento del pago en beneficio de aquellos contribuyentes que puedan tener problemas de liquidez para la cancelación de deudas de naturaleza pública.
A los efectos de determinar la cuantía señalada en el apartado anterior, se acumularán todas las deudas correspondientes a un mismo deudor para las que se hubiera solicitado y aún no estuviera resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como los vencimientos pendientes de ingreso de deudas aplazadas o fraccionadas.
El órgano competente concederá sin más trámites las solicitudes de fraccionamiento cuando el importe de las deudas, valoradas según el criterio utilizado para la exclusión de garantías a que se hace referencia en el artículo anterior, sea igual o inferior a 10.000 euros.
A solicitud del obligado al pago y sin necesidad de justificación, el órgano competente incluirá en la resolución de concesión de aplazamiento o fraccionamiento, un período de carencia para el inicio del pago de las cuotas correspondientes de hasta seis meses.