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miércoles, 18 diciembre
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Servicios mínimos del 100% ante la huelga de ambulancias en Albacete, Ciudad Real y Guadalajara

También será del 100% en el transporte programado de radioterapia, tratamientos y pruebas oncológicas y pruebas diagnósticas

La Consejería de Sanidad ha decretado servicios mínimos del 100% durante la huelga convocada para diversos días y tramos horarios por los trabajadores que prestan al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha el servicio de transporte sanitario urgente y programado en las provincias de Albacete, Ciudad Real y Guadalajara.

También será del 100% en el transporte programado de radioterapia, tratamientos y pruebas oncológicas y pruebas diagnósticas con destino a Servicios de Medicina Nuclear propios o concertados en los días laborables, en el transporte programado de hemodiálisis o en el transporte interhospitalario de aquellos pacientes cuyo cambio o demora pueda suponer un perjuicio para su estado de salud.

La huelga, convocada por CCOO en Albacete, por el Comité de Empresa de Servicios Sociosanitarios Generales S.L. de Ciudad Real y por USO en Guadalajara, está prevista del 29 de septiembre al 2 octubre; del 5 de octubre al 9 octubre; del 12 de octubre al 16 octubre; del 19 de octubre al 23 octubre y del 26 de octubre al 30 octubre desde las 11.00 horas hasta las 19.00 horas.

Están convocados a la huelga todos los trabajadores, en cualquiera de sus centros y dependencias, de la UTE Servicios Sociosanitarios Generales S.L.y Digamar Servicios, S.L en las provincias de Albacete, Ciudad Real y Guadalajara.

La designación de los trabajadores que deben prestar los servicios mínimos que se establecen en esta resolución corresponderá a las personas titulares o responsables de dicha UTE en las tres referidas provincias.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería de Sanidad, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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