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El Plan de Igualdad de la UCLM, aprobado por unanimidad

El documento recoge 12 ejes y 85 acciones encaminadas a la consecución de la igualdad real entre las personas que integran la organización

El Plan de Igualdad de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) ha sido aprobado de forma unánime por la comisión negociadora integrada por representantes de la institución académica y de todas las organizaciones sindicales.

El documento, que entrará en vigor tras su ratificación por el Consejo de Gobierno, recoge 12 ejes y 85 acciones encaminadas a la consecución de la igualdad real entre las personas que integran la organización, ha informado la UCLM en nota de prensa.

El instrumento responde al marco normativo internacional, europeo y nacional y al compromiso de la institución académica para eliminar cualquier tipo de discriminación respecto a la selección y formación de su personal, las condiciones salariales, de trabajo y empleo, la clasificación profesional, así como la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación desde la corresponsabilidad.

El documento ha sido consensuado y aprobado, de forma unánime, por la comisión negociadora del Plan de Igualdad de la UCLM, constituida por personal de la propia institución académica y por todas las organizaciones sindicales con representación en la Universidad regional, y queda pendiente de ser ratificado en Consejo de Gobierno, a partir de cuya fecha entrará en vigor.

El Plan de Igualdad es fruto de dos fases: la primera, de negociación y aprobación del diagnóstico en diciembre de 2019; y la segunda, de análisis, negociación y aprobación entre los meses de septiembre y noviembre de 2020.

El Plan de Igualdad de la UCLM se compone de 12 ejes y 85 acciones.Los ejes son los siguientes: implementación de la cultura y respeto al derecho a la igualdad y no discriminación; imagen institucional UCLM, información, comunicación y sensibilización; proceso de selección y contratación del personal; promoción y formación; corresponsabilidad; docencia, investigación y transferencia del conocimiento; infrarrepresentación; clasificación profesional y retribución; otras condiciones laborales: la prevención de riesgos laborales; prevención del acoso sexual y por razón de sexo; violencia de género; y trabajo inclusivo con la orientación sexual e identidad y expresión de género: personas LGTBI.

Además, incorpora tres anexos que recogen un resumen del diagnóstico, los enlaces al Protocolo de actuación frente al acoso sexual, al acoso por razón de sexo, al acoso discriminatorio y frente a todas las formas de acoso y violencia en la UCLM y al Protocolo para el cambio de nombre de las personas trans e intergénero de la UCLM, así como un glosario de términos básicos en materia de igualdad de género.

La Unidad de Igualdad de la UCLM será la encargada de evaluar el cumplimiento por la comunidad universitaria de las medidas y acciones previstas en el Plan de Igualdad, cuyo plazo de vigencia será de cuatro años desde su ratificación por el Consejo de Gobierno.

Queda pendiente el nombramiento y la constitución formal de la comisión de control y seguimiento del Plan, cuyas funciones serán asumidas hasta entonces por la comisión negociadora.

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