El decreto que regula los apartamentos y las viviendas turísticas en Castilla-La Mancha prevé sanciones para todos aquellos propietarios que no registren la licencia de alta de inicio de actividad en el Registro regional de Empresas Turísticas, un hecho que se considerará falta grave -según la Ley de Ordenación de Turismo regional- y que puede ser sancionado con multas que van de los 6.011 a los 60.010 euros, la suspensión del servicio o la clausura de hasta tres años.
Así lo ha indicado este martes la consejera de Economía, Empresas y Empleo, Patricia Franco, durante la rueda de prensa que ha ofrecido para dar cuenta de la aprobación de este decreto por parte del Consejo de Gobierno y en la que ha estado acompañada por la directora general de Turismo, Ana Isabel Fernández Samper.
La consejera ha explicado que las viviendas de uso turístico tendrán un año desde la entrada en vigor de este decreto para regularizar su situación y registrarse declarando el inicio de su actividad, mientras que los apartamentos turísticos tendrán un plazo de dos años. «Si no lo hacen, nosotros pondremos la inspección necesaria, una vez que pasen los plazos establecidos en el decreto, para hacer los controles oportunos».
En este sentido, a preguntas de los medios, Patricia Franco ha esperado que en el plazo de un año se registren unas 1.200 viviendas en el Registro regional de Empresas Turísticas y que en 2020 lleguen a ser 2.000.
APARTAMENTOS TURÍSTICOS
Sobre los apartamentos turísticos, aquellos que tienen como características dos o más unidades de alojamiento, la consejera ha indicado que deben estar dotados de instalaciones, equipamiento y servicios en condiciones de ocupación inmediata y están destinados al alojamiento turístico de manera habitual mediante contraprestación económica.
Franco ha resaltado que el decreto viene a cubrir el vacío legal existente desde el 2010 con la supresión de la normativa estatal que regulaba sobre viviendas de uso turístico y la asunción de las competencias por parte de las autonomías.
Se establecen de esta forma cuatro categorías en los apartamentos turísticos de 1, 2, 3 y 4 llaves, lo que hace, por ejemplo, que se exija wifi como requisito mínimo necesario para alcanzar los estándares de calidad en todos los apartamentos turísticos con excepción del de una llave o que la climatización también sea obligatoria en todos menos en los de una llave.
Estos apartamentos turísticos tienen dos modalidades diferentes, según ha manifestado la titular de Economía, Empresas y Empleo, siendo la primera de ellas la de bloques ubicados en la totalidad de un edificio y la segunda la del conjunto de apartamentos, que son edificaciones contiguas con accesos e instalaciones comunes.
Todos ellos deberán exhibir de «una forma muy visible» en la entrada principal una placa distintiva en la que recoge las prescripciones técnicas que se establecen en la normativa.
Los apartamentos turísticos en Castilla-La Mancha representan en la actualidad el 18 por ciento de toda la oferta turística con la que cuenta la región, hay más de 600 inscritos en el Registro Regional de Empresas Turísticas y ofrecen cerca de 6.000 plazas. «Hemos observado desde el inicio de legislatura un incremento del 22 por ciento de viajeros y un 34 por ciento de pernoctaciones con una estancia media de tres días», ha añadido la consejera.
VIVIENDAS TURÍSTICAS
Respecto a las viviendas de uso turístico, Franco ha señalado que se trata de una regulación «totalmente novedosa» y que establece los mínimos necesarios para ver cómo evoluciona el mercado, «teniendo en cuenta que hay muchas regiones que no lo han regulado y la Junta está pendiente de cómo se va a pronunciar la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia en aquellas que han excedido su capacidad regulatoria».
Tras afirmar que también existe un vacío legal debido igualmente a la derogación de la normativa estatal de 2010 y a la exclusión de este tipo de alojamientos en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013, Franco ha concretado que las viviendas afectadas son un piso o casa amueblada que se dedica al alquiler turístico a cambio de un precio y que son una única modalidad de alojamiento.
A ello ha añadido que deben cumplir con la normativa de medio ambiente, construcción, accesibilidad, seguridad, insonorización, sanidad, registro de viajeros, prevención de incendios o propiedad horizontal, y serán de uso turístico exclusivo. Al igual que los apartamentos turísticos, las viviendas deberán mostrar una placa identificativa visible para los vecinos de la comunidad.
La región, según las principales páginas comercializadoras de viviendas de uso turístico, cuenta con alrededor de 2.000 establecimientos de estas características que ofrecen alrededor de 15.000 plazas.
PARTE IMPOSITIVA
Preguntada sobre los impuestos que deberán tributar estos establecimientos, Franco ha indicado que los apartamentos turísticos suponen una actividad económica y deben tributar el IVA y aquellos impuestos inherentes de la actividad que se está practicando.
En el caso de las viviendas de uso turístico, ha apuntado que el régimen de alquiler de viviendas se encuentra exento de IVA y esas rentas deberán ser declaradas como rendimiento de capital inmobiliario en la declaración del IRPF, salvo en algunos casos donde deberán tributar como el resto de alojamientos turísticos.
En concreto, deberán hacerlo conforme al 10 por ciento del IVA cuando cuenten con personas empleadas con contrato laboral y a jornada completa, y también en el caso en el que el propietario del local presente también servicios adicionales relacionados con la actividad hotelera como limpieza, lavado de ropa o servicio de restaurante. Además, si el alquiler se pone en manos de una empresa gestora se devengaría el IVA del 21 por ciento.
LUCHA CONTRA EL INTRUSISMO
Bajo el punto de vista de la consejera, este decreto supone una lucha contra el intrusismo que venía ocurriendo en la región, permitiendo que aflore una actividad económica con «una importancia notable»; y garantiza la prestación de los servicios de alojamiento «con unos mínimos de calidad».