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viernes, 20 diciembre
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Aprobada por el Consejo de Ministros la jubilación anticipada para los policías locales

Como requisito imprescindible para acceder a esa jubilación anticipada, los agentes deberán haber cotizado quince años como policía local

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto Ley por el que regula la jubilación anticipada de los policías locales, que podrán solicitarla a partir de enero con 59 años en caso de acreditar 37 de actividad efectiva y de cotización.

La nueva norma permitirá desde el 2 de enero de 2019 que los policías locales puedan solicitar el adelanto de su jubilación aplicando un coeficiente reductor de 0,20 por ciento al número de años que hayan trabajado como agentes municipales. No obstante, desde el Gobierno recuerdan que la edad ordinaria de jubilación no podrá reducirse en más de cinco años. Aunque pueden llegar a seis en caso de que queden acreditados esos 37 años cotizados.

Como requisito imprescindible para acceder a esa jubilación anticipada, los agentes deberán haber cotizado quince años como policía local. Además, en caso de querer optar a esa jubilación anticipada deberán comunicarlo en los ayuntamientos donde presten servicio antes del 31 de enero de cada año.

Además, desde el Gobierno, señalan que la financiación de esta medida se realizará con una cotización adicional del 10,6% a los policías locales en activo. De esta cuota, los municipios asumirán el 8,86% y los propios funcionarios el 1,76 restante.

Según detallan desde el Gobierno, se responde así a una reivindicación de los ayuntamientos que permitirá rejuvenecer las plantillas «de forma ordenada» manteniendo las garantías de seguridad de los ciudadanos. Apuntan que se resuelve así el problema de discriminación entre policías locales de diferentes localidades ya que no todos ofrecían la segunda actividad a los agentes.

Desde el Gobierno explican que con esta medida se equipara a los agentes municipales con otros colectivos que ya disfrutan de un coeficiente reductor en la edad de jubilación. Es el caso de cuerpos como el de la Ertzaintza o el de bomberos. La jubilación de Policía Nacional y Guardia Civil presentan un régimen especial a través de la situación administrativa de reserva.

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