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La ley de bienestar animal de C-LM, que inicia su andadura este martes, prohíbe animales salvajes en circos itinerantes

La ley de bienestar animal de C-LM, que inicia su andadura este martes, prohíbe animales salvajes en circos itinerantes

El Anteproyecto de Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los Animales en Castilla-La Mancha ha comenzado su andadura con la toma en conocimiento este martes del Consejo de Gobierno del texto, que incluye medidas como la prohibición de la presencia de animales salvajes y silvestres en circos itinerantes.

El consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo, ha dado cuenta de los pormenores de esta ley en rueda de prensa con motivo del Consejo de Gobierno.

Este texto afecta a todo los animales salvo aquellos recogidos en espectáculos taurinos, que tiene su propia normativa, y los animales de producción, cuya normativa está amparada por la Política Agraria Común (PAC).

Comienza desde este martes -se publicará este miércoles en el Portal de Transparencia– la fase de aportaciones de los interlocutores sociales y otros organismos, para posteriormente iniciar su trámite parlamentario y el consecuente debate con los grupos políticos.

Una de las medidas incluidas es la prohibición de la presencia de animales salvajes y silvestres en circos itinerantes pero no en parques estables, por lo que no se aplicaría esta prohibición al futuro proyecto del parque de Puy du Fou, ha explicado el consejero.

No se permiten mutilaciones animales, no se permite disparar con armas de fuego y se prohíbe la sujeción de animales en vehículos a motor en marcha; creándose además por primera vez de Consejo Asesor de Bienestar Animal y un Registro Único de los animales gestionado por el Colegio de Veterinarios de Castilla-La Mancha.

Estará permitido con esta ley la entrada de animales en transporte público, hoteles y establecimientos y serán las autoridades de los mismos los que tendrán protestad para prohibir su entrada, mientras que en el modelo anterior se prohibía por definición y solo se permitía cuando lo autorizaran estos establecimientos.

Respecto a las sanciones contra esta normativa abarcan desde las leves, cuantificadas en 300 euros hasta las más graves, que llegan hasta los 60.000 euros. Con la normativa anterior, iban de las más leves, valoradas en 1.000 pesetas, hasta las más graves, cuantificadas en un millón de pesetas.

«Tendremos una ley moderna de la que sentirnos orgullosos, nos pondrá a la vanguardia», ha indicado el consejero, que ha mencionado que esta normativa sustituye a la ley de 1991.

Para la elaboración de este anteproyecto se ha consultado previamente a la Federación Española de Bienestar Animal, la Federación de Caza, Ecologistas, el Seprona y el Ministerio de Medio Ambiente, entre otros organismos.

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