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viernes, 22 noviembre
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La Junta establece nuevas bases reguladoras para que ayuntamientos contraten a parados dentro de Plan Extraordinario Empleo

oficina empleo

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este viernes una Orden de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo, dado que dichas entidades no han presentado las solicitudes suficientes para agotar el crédito destinado a las mismas.

En dicha Orden, que recoge Europa Press, se recuerda que ya se publicaron el 30 de octubre de 2015 las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones, en las que se determinaba el crédito presupuestario para dicha convocatoria, dedicándose seis millones de euros a la contratación de personas desempleadas por parte de las entidades sin ánimo de lucro.

Según establece la Consejería, una vez resuelto el procedimiento de concesión de subvenciones, sin que por las entidades sin ánimo de lucro se hayan presentado solicitudes suficientes para agotar el crédito destinado a las mismas, ésta ha considerado conveniente aprobar unas nuevas bases reguladoras, con el fin de atender al colectivo objeto de este programa, mediante la realización de un mayor número de contrataciones por las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios.

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El departamento que dirige Patricia Franco ha recordado su pretensión de que este programa no se limite a la subvención de una contratación temporal más, sino que la experiencia laboral permita, en muchos casos, obtener las competencias necesarias para la adquisición de Certificados de Profesionalidad o títulos de formación profesional asociados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Asimismo, con objeto de atender a la singularidad de la mujer, especialmente en el mundo rural, se tenderá a la paridad en la contratación de hombres y mujeres, adecuándose la selección a la estructura de la demanda de empleo del ámbito de actuación de la entidad beneficiaria.

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS

Por otra parte, puesta de manifiesto la necesidad por parte de las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas de contar con un plazo más amplio para la ejecución de los proyectos concedidos, se amplía el citado plazo de ejecución de los proyectos de forma que los mismos puedan finalizar hasta el día 30 de noviembre de 2016.

También ha determinado que para la contratación de los colectivos previstos se utilizarán los listados de las personas seleccionadas y no contratadas en los procesos selectivos realizados en la convocatoria llevada previamente, que entrarán en el proceso de selección realizado por las entidades beneficiarias, siempre que reúnan los requisitos establecidos en dicho apartado.

La oficina de empleo comprobará, antes de la contratación, que las personas incluidas en dichos listados cumplen los requisitos exigidos para participar en este programa.

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