La Audiencia Nacional ha confirmado las condenas de dos años de cárcel impuestas al expresidente de Caja Castilla-La Mancha (CCM) y exdiputado del PSOE Juan Pedro Hernández Moltó y al exdirector general Ildefonso Ortega por un delito societario de falsedad contable cometido al manipular las cuentas de la entidad.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ha desestimado los recursos que presentaron los acusados contra la sentencia del Juez Central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, que les imponía penas de inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en entidades financieras durante el tiempo de sus condenas, así como el pago de sendas multas de 29.970 euros.
Los magistrados Alfonso Guevara, Juan Pablo González y Fermín Echarri descartan que el juez cometiera un «flagrante error» en la valoración de la prueba, como sostenían los acusados, y recalca que estos se comportaron como administradores de hecho, orquestando la operación de formar conjunta. «Moltó tomaba todas las decisiones de mayor relevancia, resulta absurdo pretender lo contrario», agregan.
A su juicio, los estados financieros que la entidad remitió al Banco de España, aun siendo provisionales, eran documentos que debían reflejar la situación económica y, por ello, su manipulación constituye un delito de falsedad contable. «El hecho de que sean provisionales, no significa que su información no haya de ser veraz y fiable», precisan.
Según la sentencia, los documentos que publicaron «eran los más relevantes y falseaban gravemente la realidad financiera de la entidad, sin que el Banco de España tenga la obligación de comprobar la corrección de los estados financieros y, en caso de haber advertido que eran incorrectos, no haberlos mandado a la CECA para su publicación», prosiguen.
Los jueces recuerdan así que los inspectores del Banco de España explicaron en el juicio que su comprobación era meramente formal y no están obligados a efectuar una labor de «supervisión, comprobación o filtro» de los datos.
«BENEFICIOS INEXISTENTES»
En su opinión, Hernández Moltó conocía «perfectamente» la situación real de CCM, que dijo haber obtenido un beneficio de 93 millones de euros cuando en realidad tenía unas pérdidas de 119 millones.
Añaden que los acusados «desatendieron» las directrices del Consejo de Administración de la caja y alteraron la cuenta de resultados para que reflejara unos beneficios «inexistentes» con el fin de causar un perjuicio económico a terceras personas, que «no tienen por qué conocer lo que implica un ajuste por valoración en el patrimonio neto».
Los jueces se oponen a atenuar las penas con la circunstancia de dilaciones indebidas, puesto que se trata de un asunto complejo en cuya instrucción se ha practicado una extensa prueba pericial y un gran número de operaciones bancarias.
El Juzgado Central de lo Penal, que absolvió a los acusados de administración fraudulenta, consideró probado que el 10 de febrero de 2009, con la «aquiescencia» de Hernández Moltó, Ortega envió al Banco de España unos estados financieros individuales y consolidados públicos de la entidad que ignoraron los requerimientos que el supervisor había venido haciendo desde 2004 y no reflejaban su «situación financiera real».
El magistrado consideró sarcástico que Moltó se presentase como un «animador sociocultural» y le acusó de recurrir al engaño en su «ardid contable», en una sentencia en la que les obligaba a satisfacer, la mitad y a partes iguales, las costas causadas, incluidas a las de la acusación particular y popular, ejercidas por la propia entidad y la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae).
Caja Castilla-La Mancha fue la primera caja de ahorros española en ser intervenida y nacionalizada, en marzo de 2009, después de que se aprobara un rescate que alcanzó los 9.000 millones de euros. El Banco de España cuantificó en 253,8 millones de euros las operaciones y los perjuicios económicos que los gestores causaron en la entidad.