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El segundo tramo del pago a proveedores en Castilla-La Mancha entra en vigor el 29 de octubre

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Arturo Romaní y Carlos Cotillas en una foto de archivo de la visita del consejero a Tomelloso

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la Orden de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma del segundo tramo del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores, que entrará en vigor el 29 de octubre.

Según publica el DOCM, únicamente podrán acogerse a este segundo tramo del procedimiento los titulares de un derecho de crédito, así como los cesionarios a quien se le haya transmitido el crédito, siempre que se trate de obligaciones pendientes de pago líquidas, vencidas y exigibles con anterioridad al 31 de mayo de 2013 y estén contabilizadas.

Asimismo, se incluyen los contratos de obras, concesión de obras públicas, gestión de servicios públicos, también en su modalidad de concesión, incluyendo la subvención que se hubiere pactado a cargo de la Comunidad Autónoma, servicios, suministros, de colaboración entre el sector público y el sector privado, y los contratos privados de creación e interpretación artística y literaria o espectáculos.

Del mismo modo, este mecanismo comprende los contratos previstos en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales; y los contratos de arrendamiento sobre bienes inmuebles.

También comprende las subvenciones otorgadas en el marco de la contratación pública, en concepto de bonificación de las tarifas pagadas por los usuarios por la utilización de un bien o servicio, en la parte financiada por la Comunidad Autónoma.

Finalmente, incluye las encomiendas de gestión en las que la entidad encomendada tenga atribuida la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración, y no se encuentre incluida en la definición de Comunidad Autónoma en el ámbito de su respectivo subsector, las concesiones administrativas y las indemnizaciones por expropiaciones reconocidas por resolución judicial firme por el concepto ya liquidado judicialmente.

Los proveedores incluidos en el ámbito de aplicación de esta orden podrán consultar, a partir de su entrada en vigor, la relación certificada de obligaciones pendientes de pago remitida por la Comunidad Autónoma al Ministerio de Hacienda por vía telemática desde la dirección www.castillalamancha.es; telefónicamente, mediante el teléfono Único de Información 012, ó 902 267 090; o en las oficinas de registro de la Administración regional.

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