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martes, 16 abril

Modificada la Orden que regula los criterios para el examen de cazador en C-LM

Las pruebas de aptitud se llevarán a cabo en las Direcciones Provinciales y no se limita el número de convocatorias anuales

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha modificado la Orden de la Consejería de Agricultura de la pasada legislatura, por la que se establecen los requisitos, el temario y convocatorias del examen del cazador en Castilla-La Mancha. Dicha modificación entrará en vigor este sábado.

En la nueva Orden que ha dictado el departamento que dirige Francisco Martínez Arroyo, que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, se indica que la modificación de la Ley de Caza aprobada el pasado año hace necesario volver a adaptar el texto.

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Sin embargo, será una resolución que se publicará previsiblemente la próxima semana en el DOCM la que recogerá, según fuentes del Ejecutivo consultadas por Europa Press, el número exacto de convocatorias.

La Orden aprobada por al anterior Ejecutivo ‘popular’ establecía que las pruebas de aptitud se realizarían en los Servicios Periféricos de la Consejería en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, pero la realización de cuatro pruebas anuales supone un dilatado procedimiento de gestión.

Según alega la Consejería, en cada una de las cuatro convocatorias se establece un plazo para presentación de solicitudes en las distintas Direcciones Provinciales, otro plazo de publicación de admitidos, un plazo de subsanación de errores y otro de publicación del listado definitivo. Al ser los solicitantes personas físicas, pueden presentar la solicitud en forma presencial en cualquiera de los registros habilitados, por lo que se pueden demorar los plazos del procedimiento.

Por ello, el departamento que dirige Martínez Arroyo considera conveniente no limitar el número de convocatorias anuales y ha determinado que las pruebas de aptitud se llevarán a cabo en las Direcciones Provinciales. El lugar y fecha de realización de las pruebas, plazo de presentación de solicitudes y órgano de calificación, se publicarán en la correspondiente Resolución de la Dirección General competente en materia de caza, de su convocatoria anual.

En cuanto a la parte teórica de los exámenes serán sobre especies de caza y otras especies cazables; prohibiciones para la protección de las poblaciones cinegéticas, así como el concepto de cazador y requisitos legales para cazar en Castilla-La Mancha; así como los medios de caza.

De igual modo, los que se presenten a estos exámenes abordarán el uso de armas; las modalidades de caza en Castilla-La Mancha, que contempla un apartado relativo a la ética del cazador, así como los terrenos cinegéticos y los cotos de caza, entre los que se incluyen los cotos sociales de caza.

De igual modo, en el temario de los exámenes se abordará la comercialización de piezas de caza, así como las infracciones administrativas a la legislación cinegética vigente en Castilla-La Mancha, sanciones y delitos.

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