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jueves, 28 marzo

Condenan a 9 años de prisión al acusado de abusar y agredir sexualmente a dos menores en Argamasilla de Alba

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a nueve años y medio de prisión al acusado de abusar y agredir sexualmente a dos menores –de 12 y 14 años en el momento de los hechos– en Argamasilla de Alba. Así, la sala lo ha encontrado por unanimidad culpable de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 en la persona de C.M.L.A, por el cual le condena a una pena de siete años y medio de cárcel, e igualmente por un delito de agresión sexual a menor de 16 en la persona de A.L.A, correspondiéndole una pena de dos años de prisión.

Posteriormente, C.M.L.A, fue agredida varias veces por el acusado, la agarró y la tiró al suelo para realizarle diversos tocamientos por debajo de la ropa, en estas ocasiones, según el escrito de acusación, estaba presente su prima. Además, en el último episodio denunciado se encontraba también un amigo de ambas, pero aún así la menor no consiguió zafarse del acusado, ni siquiera con la ayuda de su prima y de su amigo, hasta que dijeron al procesado que iban a avisar a la Guardia Civil.

La sentencia ha considerado fundamental el relato de los hechos por parte de las dos menores y que queda corroborado por lo declarado por el amigo de ambas que fue testigo de uno de los episodios. Y no ha tenido en cuenta las alegaciones del acusado sobre los posibles efectos del alcohol y las drogas sobre su capacidad para dilucidar que las jóvenes eran menores.

Así, además de la pena de prisión, el acusado tendrá la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio o lugar de trabajo o estudio a una distancia inferior a 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 10 y 4 años, respectivamente. Se añade a estas la medida de libertad vigilada con el contenido de prohibición de acercarse a la víctima a una distancia inferior a 300 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 5 años, además de someterse a programas formativos de educación sexual, en ambos casos.

Finalmente tendrá que indemnizar C.M.L.A. con 6.000 euros y a A.L.A. en la suma de 2.000 euros.

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