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jueves, 28 marzo

La Ley de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha entrará en vigor a finales de enero

La Ley de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha entrará en vigor a finales de enero

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este viernes la Ley de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, que, aprobada el pasado 15 de diciembre en las Cortes regionales, entrará en vigor el próximo 30 de enero.

Dicha Ley que, según publica el DOCM y recoge Europa Press, se articula en cinco títulos y 66 artículos, tiene como objetivo regular e impulsar la transparencia de la actividad pública, en su vertiente de publicidad activa, así como el derecho de acceso de las personas a la información y documentación públicas.

Persigue también implantar un código de buen gobierno y de gobierno abierto en la actividad pública y establecer un régimen de garantías y de responsabilidades por el incumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos en esta ley.

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Entre otros asuntos, la Ley obliga al Ejecutivo regional a informar, entre otros, de los gastos de personal y su porcentaje sobre el gasto total, especificándose los relativos al personal directivo y eventual, además de los correspondientes a liberados sindicales, el gasto efectuado en concepto de arrendamiento de bienes inmuebles o los realizados en campañas de publicidad, promoción y comunicación institucional. También estará obligado a informar del plazo medio de pago a proveedores y a beneficiarios de ayudas y subvenciones, así como los informes de morosidad.

De igual modo, la Administración de la Junta de Comunidades, las fundaciones públicas o la UCLM, entre otras, tendrán que hacer públicas las cuentas bancarias de las que sean titulares y sus saldos correspondientes.

Además de la creación de un Portal de Transparencia y del Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de sus organismos y entidades públicos vinculados o dependientes se creará un Registro de grupos de interés, que será público y accesible desde el Portal de Transparencia, para facilitar su identificación y el control de todas las actividades realizadas ante aquélla, con independencia del canal o medio utilizado.

Reglamentariamente se regulará la creación del Registro, su dependencia orgánica y funcional, la clasificación de las personas y las organizaciones que deben inscribirse en él, la información requerida a los declarantes, el contenido detallado del código de conducta, el procedimiento de investigación y tramitación de las denuncias y los órganos competentes para la imposición de las sanciones de suspensión y cancelación de las correspondientes inscripciones, así como cualesquiera otros extremos necesarios para su correcto funcionamiento.

El texto también incluye las correspondientes sanciones para las infracciones en materia de transparencia, de buen gobierno, buena administración y gobierno abierto, de los grupos de interés y de la reutilización de la información del sector público de Castilla-La Mancha.

PLAZOS

En la Ley se determina que el Consejo de Gobierno aprobará un código ético para sus altos cargos o asimilados en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la norma, en el que se establecerán los órganos competentes para el seguimiento de su aplicación y determinará la responsabilidad que pueda derivar de su incumplimiento, sin perjuicio del régimen sancionador establecido en la presente norma.

De igual modo, en el plazo de seis meses a contar desde su entrada en vigor, la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha llevará a cabo las adaptaciones tecnológicas y organizativas necesarias en el Portal de Transparencia, para adaptar su contenido a las previsiones de la presente ley.

También las Cortes de Castilla-La Mancha, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley, deberán adoptar las medidas precisas para la puesta en funcionamiento del Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno.

El Consejo de Gobierno aprobará la norma reglamentaria que regule el registro de los grupos de interés en el plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de esta ley.

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