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viernes, 29 marzo

¿Me pueden multar por no llevar mascarilla dentro del coche?

OCU interpreta que solo podrán sancionar las fuerzas del orden, ya sean locales, autonómicas o nacionales, pero no agentes de tráfico

Circulan muchas informaciones contradictorias, sobre posibles multas a conductores o viajeros que no llevaban la mascarilla. No es así: la DGT no te puede multar por no usar la mascarilla en el coche, aunque si viajas con personas que no conviven contigo, debes llevarla siempre.

Según ha explicado la OCU, la Dirección General de Tráfico (DGT) se ha pronunciado al respecto, y deja claro que, en primer lugar, el uso de la mascarilla es una medida sanitaria, en la que la DGT no tiene competencias.

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En segundo lugar, no hay ningún artículo en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial ni en los distintos reglamentos que recoja que el hecho de no llevar mascarilla dentro del coche sea motivo de sanción, por lo que no es sancionable.

Desde la OCU, insisten en la necesidad de recurrir al uso de mascarilla siempre que no se pueda mantener una distancia social de seguridad (como sucede en el interior del coche). Aunque no llevarla no sea una infracción de tráfico ni sea sancionable por la DGT, sí podría suponer un incumplimiento de las normas sanitarias establecidas para prevenir la transmisión de la COVID 19 en caso de que se viajara con personas no convivientes. En ese sentido, si podrían sancionarte (igual que si se incumple el toque de queda, o cualquier otra de las medidas anti-COVID), pero serían las fuerzas del orden las únicas competentes para imponer una sanción que podría llegar a ser de 100 euros, según la Ley 2/21 de 29 de marzo.

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