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jueves, 28 marzo

Transportistas ven «flexibilizado» sus horarios para garantizar el suministro a la población

La medida se enmarca en lo que el Decreto de declaración del estado de alarma establece respecto a tomar todas las medidas necesarias para asegurar en todo momento el transporte de mercancías por carretera

El Gobierno ha flexibilizado ligeramente el régimen de tiempos de conducción y descanso que tienen establecido por normativa europea los transportistas de mercancías por carretera con el fin de facilitar los suministros durante el actual estado de alarma.

La medida se enmarca en lo que el Decreto de declaración del estado de alarma establece respecto a tomar todas las medidas necesarias para asegurar en todo momento el transporte de mercancías por carretera, «por su impacto en toda la actividad económica y especialmente en el actual contexto en el que es imprescindible garantizar el abastecimiento».

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Así se establece en una resolución aprobada por la Dirección General de Transportes Terrestres del Ministerio de Transportes publicada en el BOE este martes.

La resolución indica que las actuales «circunstancias excepcionales aconsejan flexibilizar las condiciones del trabajo de los conductores reduciendo el riesgo de la salud de los mismos, al mismo tiempo que se facilitan los transportes que garanticen el abastecimiento».

Según apunta, se trata de una situación urgente de entre las que el reglamento europeo contempla para flexibilizar o modificar la normativa de tiempos de conducción.

En concreto, según la patronal española de transportistas CETM, la resolución permite una «ligera flexibilización» de estos tiempos. Los camioneros deberán seguir cumpliendo con ellos, pero pueden alargar algo su tiempo de conducción un día con el fin de concluir con una entrega o un servicio, en vez de parar y dejarlo para la siguiente jornada, y descontar después ese tiempo del cómputo total semanal.

El reglamento europeo establece que los camioneros deben realizar pausas de 45 minutos por cada cuatro horas y media de conducción. En el conjunto de la semana no deben haber sumado más de 56 horas conduciendo, 90 horas en el cómputo de dos semanas.

Esta leve flexibilización de los tiempos de conducción y descanso de los camioneros se aplicará «a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías en todo el territorio nacional» y estará en vigor hasta el 28 de, esto es, cuando concluyen los primeros quince días del estado de alarma.

La medida se suma a la ya aprobada por el Gobierno en relación al transporte de carga por carretera, por la que se insta a las gasolineras y estaciones de servicios a permitir y facilitar a los conductores de camiones el acceso a diferentes servicios, como los aseos o la comida.

La CETM considera que la iniciativa sobre tiempos de conducción y descanso otorgará «cierta libertad a los conductores para que puedan cumplir con sus jornadas laborales», si bien estima que estas excepciones «pueden quedarse cortas ante la demanda actual detransporte», por lo que cree que «hubiera sido más adecuado eximir a los conductores de cumplir con dichas normas».

«Esta medida pone de manifiesto que el transporte de mercancías por carretera es vital para garantizar el bienestar y la seguridad de los ciudadanos y, por ello, es ineludible que las Administraciones apoyen al sector», indicó la organización empresarial en un comunicado.

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